Otro post sobre pasta
Las cosas claras.
En España, los guionistas y directores de televisión y cine pueden cobrar sus derechos de autor mediante una de estas dos entidades de gestión: S.G.A.E. o D.A.M.A.
La primera lleva mucho tiempo en ello. DAMA surgió hace diez años, formada por gente de la televisión y el cine que creía poder dar un trato más favorable y transparente a sus socios.
Después de mucho tiempo de litigios parece que ambas entidades trabajan independientemente y con cierta normalidad.
Entre mis amigos hay socios de ambas (yo soy de DAMA) y cada uno de ellos tiene una razón diferente para estar donde está.
Algunos se decidieron por la seguridad y las ventajas de la SGAE: como su célebre crédito sin intereses, descuentos en productos y servicios, cursillos, etc...
Otros, en cambio, prefirieron pasarse a una pequeña entidad como DAMA, en la que se sienten mejor tratados y con cuya gestión sobria y clara están más de acuerdo.
He escuchado estos argumentos muchas veces. Y también otros mucho más viscerales (de socios de ambas partes).
Lo que nunca he escuchado es una comparación objetiva de lo que ingresan los guionistas de una misma serie de televisión por el mismo trabajo, según lo hayan incorporado al repertorio de SGAE o de DAMA.
Sí, lo adivináis. Es justo eso lo que voy a hacer.
Armado de un boli y una calculadora y gracias a la colaboración de un compañero de una serie en la que trabajé, socio de la SGAE, he estado haciendo números.
Tomo un mismo episodio de una serie diaria emitida en televisión nacional durante horario de tarde.
Mi compañero percibió, por un 3,64% de la parte argumental, 40,72 €.
Yo recibí de DAMA casi la misma cantidad, 36,83 €, pero por un porcentaje del argumento bastante más pequeño: un 2,41%.
Es decir, mi compañero hubiera podido ganar un 36,56% más (14,89€ en ese caso) si hubiera declarado esa obra en DAMA.
He seguido comparando los datos de otros episodios de la misma serie emitidos en la misma franja horaria (tarde) y los porcentajes y cantidades (y, por lo tanto, las diferencias entre ambas entidades de gestión) son prácticamente iguales a los del primer episodio comparado.
Sin embargo, la diferencia más espectacular se da en el caso de un episodio de la misma serie que, en lugar de ser emitido en la franja habitual de tarde, se programó por la noche, en prime-time.
La SGAE adjudicó a mi compañero de serie 222,63€ por su 8,50% de participación en el episodio en cuestión.
A mí, que seguía anclado en mi escaso 2,41% del guión, DAMA me dio 148,11€.
Como se ve a simple vista, para un porcentaje del guión muy inferior, esta cantidad resulta sorprendentemente cercana a la cobrada por el compañero de SGAE.
Tomo la calculadora y descubro que mi compañero hubiera cobrado 299,70€ más por ese episodio si, en lugar de estar en SGAE, hubiera sido socio de DAMA. Es decir, la cantidad cobrada hubiera aumentado en un 134,61%.
(*Tengo que poner un gran asterisco a estos datos, una salvedad: todas estas cantidades son antes de las deducciones que cada entidad aplica a sus socios: gastos de gestión y otros conceptos. Yo dispongo de las deducciones que aplica DAMA, pero la información de SGAE que me proporcionó mi amigo no fue tan completa, así que he comparado las únicas cantidades comparables de que disponía, es decir, las brutas recaudadas. Por favor, si alguien tiene los porcentajes de deducción de SGAE que me los haga llegar para que actualice y mejore esta entrada).
Hecha esta salvedad, como veis, en los casos que he estado estudiando, la diferencia siempre es a favor de DAMA. Aunque yo tengo todo mi repertorio en ella, si los datos hubieran sido favorables a SGAE también hubiera publicado este post (y, muy posiblemente, me hubiera pensado mucho un cambio de aires).
No animo a nadie a pasarse a una entidad o a permanecer en otra, eso depende de muchos otros factores (entre otros, un contrato de larga duración que uno firma con su entidad de gestión, ventajas como el crédito citado más arriba, trato personal, ventajas de todo tipo, comodidad...) pero creo que comparar la cantidad recaudada y repartida por cada entidad también puede serviros para haceros vuestra propia opinión y tal vez incluso para tomar una decisión.
- Posiblemente muchos de vosotros hayáis hecho ya vuestra propia comparación entre SGAE y DAMA. Si es así, por favor, escribid los datos que habéis obtenido en la sección de comentarios de este post para que tengamos más base para nuestras conclusiones -
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